La Legislatura porteña aprobó una quita de sellos sobre el Leasing

La Legislatura porteña aprobó una quita de sellos sobre el Leasing

Beneficio a las pequeñas y medianas empresas de la Ciudad.


En la sesión de este jueves, la Legislatura porteña aprobó una quita de sellos sobre el Leasing. Se trata de un proyecto destinado a aliviar la presión impositiva sobre quienes utilicen el sistema de leasing para adquirir bienes de capital o ampliar sus instalaciones: alquiler de bienes muebles o inmuebles con opción de compra.

¿Qué es el leasing?

Es un mecanismo de financiación mediante el cual una entidad “el dador” por instrucción de un cliente solicitante adquiere un bien de capital “el tomador”, el cual queda bajo propiedad de la entidad y este lo entrega a su solicitante para su uso y goce por un tiempo determinado. Cumplido este, el solicitante o tomador puede o no solicitar la transferencia completa del bien.

Con respecto a esto, el presidente del Pro Ciudad y presidente de la Comisión de Presupuesto de la Legislatura, Claudio Romero expresó: “La situación económica actual nos demanda a los dirigentes medidas económicas sólidas y con proyección futura, tendientes a ayudar y acompañar a los pequeños y medianos productores y empresas que tanto esfuerzo hacen en nuestro país, y en nuestra Ciudad”.

Además, salió a cruzar al bloque del Frente de Todos (FdT) que manifestó que no iban a acompañar al proyecto, e indicó: “Lo que ellos proponen obstruye una vez más a quienes quieren producir, que tienen una pequeña empresa. Jamás impulsaron medidas que fomenten el desarrollo o la actividad económica”.

“Solamente llevan a cabo políticas económicas basadas en aumentar la presión impositiva, un modelo agotado en este país, que solo sigue poniendo más presión impositiva para los trabajadores”, concluyó firmemente Romero.

Actualmente, con la carga tributaria existente, recae en el tomador del leasing (el que adquiere el bien de capital) dos veces el monto del impuesto de sellos: en un primer momento, cuando la entidad dadora adquiere para éste el bien mueble registrable o inmueble y debe transferir el dominio a su nombre trasladando el gasto al tomador, y en una segunda instancia, cuando es efectuada la transmisión del dominio al tomador.

Con la incorporación de este artículo entonces, se beneficiaría a las Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Ciudad, se le daría un impulso a la ampliación del mercado de capitales que se destina a brindar mejoras en la adquisición de bienes al sector productivo, contribuyendo a la creación o ampliación de empresas, del empleo y del desarrollo, y se equipararía el tratamiento tributario del leasing con el vigente en varias provincias.

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