Más vetos de Jorge Macri
El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, vetó tres leyes aprobadas por la Legislatura porteña.
Todas ellas relacionadas con políticas públicas sensibles en materia de niñez, adolescencia y salud mental. Las decisiones fueron formalizadas a través de decretos del Poder Ejecutivo y alcanzan tanto vetos totales como parciales sobre los textos sancionados.
El primer veto recayó sobre la ley que proponía fortalecer los mecanismos de comunicación directa entre el Estado porteño y niñas, niños y adolescentes que atraviesen situaciones de vulnerabilidad, dudas o conflictos.
La norma tenía como eje la creación de los denominados “Puntos de Encuentro Seguros para Niñas, Niños y Adolescentes”, concebidos como espacios cerrados equipados con dispositivos tecnológicos táctiles, de uso sencillo y accesible desde los primeros años de edad escolar. Estos puntos permitirían el contacto directo con la Línea 102, dependiente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, organismo que además había sido designado como autoridad de aplicación.
El segundo veto fue parcial y alcanzó artículos clave de la ley que disponía la realización de un estudio epidemiológico extraordinario de salud mental en todo el territorio de la Ciudad.
La norma establecía relevar información actualizada sobre padecimientos mentales tanto en población adulta como en infancias y adolescencias, en el contexto posterior a la pandemia de COVID-19, incorporando además el análisis de determinantes sociales, económicos, políticos y culturales.
El tercer veto se aplicó sobre una ley de amplio alcance que establecía estándares de calidad del cuidado para hogares de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, tanto de gestión pública como privada. A través de un decreto, el jefe de Gobierno vetó los artículos 8°, 9°, 10, 11, 13, 28, 29, 30, 32 y 33 del proyecto de Ley 6.900, sancionado el 27 de noviembre de 2025.
Los artículos vetados incluían funciones centrales de la autoridad de aplicación, modificaciones al Código de Habilitaciones y Verificaciones y al Código de Edificación, requisitos de personal, condiciones de seguridad, acceso a sistemas de información como el LUNNA, además de aspectos presupuestarios, de financiamiento y plazos de ejecución.
La ley buscaba fijar un marco integral de derechos, obligaciones del Estado y estándares de calidad del cuidado, con principios rectores como el interés superior del niño, la participación, la autonomía progresiva y la no discriminación.
También establecía pautas detalladas sobre salud, educación, alimentación, identidad, vínculos familiares, formación del personal, condiciones edilicias y mecanismos de supervisión y sanción. Con el veto parcial, quedaron excluidos del texto definitivo varios de los artículos que implicaban mayores compromisos operativos, regulatorios y presupuestarios para el Gobierno porteño.
La semana pasada vetó parcialmente la Ley 6.859 sancionada por la Legislatura, que buscaba consolidar un enfoque metropolitano en el diseño de las políticas públicas.
La decisión dejó sin efecto el artículo que creaba el Consejo Consultivo Metropolitano, un órgano de participación ciudadana previsto como espacio honorario de asesoramiento, pero mantuvo vigente el resto del articulado aprobado por los legisladores.
La norma había sido sancionada el 27 de noviembre de 2025 y girada al Poder Ejecutivo el 11 de diciembre, en el marco del procedimiento constitucional para la formación de las leyes.
El proyecto establecía los lineamientos de la política metropolitana de la Ciudad con el objetivo de promover políticas públicas comunes con la Provincia de Buenos Aires y los municipios que integran la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA), abarcando desde la coordinación interjurisdiccional hasta la sostenibilidad ambiental, la equidad social y la innovación en la gestión pública.
Sin embargo, a través del decreto publicado en el Boletín Oficial porteño el 30 de diciembre, el Ejecutivo resolvió vetar el artículo 8°, que disponía la creación del Consejo Consultivo Metropolitano.
En los fundamentos del veto, el Gobierno porteño sostuvo que, si bien la ley presenta condiciones generales de viabilidad técnica, jurídica y de oportunidad, la creación de ese órgano implicaba una superposición de funciones con estructuras ya existentes dentro de la administración.
Según el texto del decreto, las acciones previstas para el Consejo guardaban una vinculación directa con competencias que ya están asignadas a distintas reparticiones del Poder Ejecutivo, por lo que no se consideró necesaria la creación de una nueva estructura organizativa.
El Ejecutivo advirtió que, aun cuando el Consejo estaba concebido como honorario, la experiencia administrativa demuestra que este tipo de organismos suele requerir recursos humanos, financieros y materiales para su funcionamiento, generando un impacto presupuestario que calificó como innecesario.
En esa línea, el Gobierno de la Ciudad argumentó que ya cuenta con áreas consolidadas y normativamente reconocidas para canalizar la participación ciudadana, la transparencia, la rendición de cuentas y la articulación interjurisdiccional. Entre ellas, mencionó las dependencias con competencias en participación ciudadana, gobierno abierto, planificación estratégica y coordinación con otras jurisdicciones, que actúan de manera transversal y permiten —según el Ejecutivo— garantizar una participación efectiva sin necesidad de crear nuevos órganos consultivos.
El decreto también señala que la creación del Consejo Consultivo Metropolitano podría derivar en una dispersión de esfuerzos, fragmentación de los canales de participación y una menor incidencia real de la ciudadanía en la toma de decisiones, al replicar funciones ya cubiertas por mecanismos vigentes. Por ese motivo, el Ejecutivo consideró que el artículo vetado atentaba contra el principio de eficiencia administrativa y el uso racional de los recursos públicos.