Cataldo archiva la causa por la venta de alcohol
El juez Juan Cataldo archivó la causa iniciada por el boliche Seven, que en julio, interpuso un amparo para poder vender alcohol en las fiestas de egresados. La medida, tomada el viernes pasado, fue dada a conocer recién este martes.
En su resolución, Cataldo señala que "la última petición útil de la actora se produjo el 14 de agosto, a partir de ese momento no se ha verificado ninguna presentación de la parte demandante que impulsa el proceso. La inactividad de la actora es muestra de su desinterés".
Cataldo fue centro de atención y críticas luego de que NOTICIAS URBANAS diera a conocer como primicia, a mediados de este mes, que había dado curso al amparo iniciado por la empresa Trinait, con nombre de fantasía “Seven”, para que se le permitiera vender alcohol en las fiestas de egresados. Así, Cataldo determinó el 7 de agosto "suspender en todos sus alcances y efectos la aplicación del artículo 2 de la resolución N° 90/2006", dictada por la Subsecretaría de Control Comunal porteña, que prohibía la venta de alcohol en boliches clase C.
Tal fue el escándalo, que hasta el ministro del Interior, Aníbal Fernández, criticó públicamente al magistrado y decidió involucrarse en la causa. Por su parte, el asesor tutelar de Menores de la Ciudad, Gustavo Moreno, solicitó a la Justicia la nulidad de las actuaciones.
Al ser consultado por NOTICIAS URBANAS sobre la última decisión de Cataldo, Moreno respondió que no compartía el criterio de la caducidad "por no ser un procedimiento normal. En cambio sí me alegra que se diera marcha atrás con lo actuado", señaló.
Cataldo, por su parte, destacó un mal proceder de los abogados de Aníbal Fernández, ya que intentaron interponerse bajo una calidad, la amicus curiae, "que no está prevista en la ley de amparo".
También cuestionó a los medios de prensa que, "ávidos de sensacionalismo con la ola mediática han contribuido a una gran confusión". En su fallo también manifiesta que es "totalmente incorrecto que haya autorizado la venta de alcohol, la cual está dada ya por ley vigente (Código Contravencional y decreto N° 3/2003 y por ley nacional 24.788)".