Publicado: 10/02/2003 UTC General Por: Redacción NU

Sancionan e inhabilitan a una empresa de residuos patogénicos

El Ente de la Ciudad emitió este martes una resolución, mediante la cual dispuso que la empresa Descontaminación de Residuos Patológicos sea inhabilitada por cinco años. Además le fijó una multa de 50 mil pesos. En junio de 2002, la Defensoría del Pueblo porteña había detectado graves irregularidades en la disposición de los residuos patogénicos, motivo por cual inicio una causa judicial
Sancionan e inhabilitan a una empresa de residuos patogénicos
Redacción NU
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"Las bolsas se hallan almacenadas en un jaulón abierto que no guarda medidas mínimas de seguridad; se encontró un gato muerto en estado de avanzada descomposición; en la cloaca del sector se observaron restos de bolsas plásticas, envases de jeringas , aceite, restos de guantes de látex, capuchones de agujas y frascos de vidrio; los desechos líquidos son vertidos a la red cloacal sin tratamiento previo", estas son algunas de las irregularidades que detectaron la Defensoría del Pueblo porteña y el Ente de la Ciudad en sucesivas pesquisas al sector de tratamiento de residios patogénicos del Hospital Muñiz.

Ante estas circunstancias, el organismo de control porteño, que es presidido interinamente por José Luis Di Lorenzo, sancionó con 50 mil pesos de multa e inhabilitó por cinco años a la empresa Descontaminación de Residuos Patológicos (DRP), responsable de la recolección y del procesamiento de ese tipo de desechos hospitalarios.

En la resolución emitida por el Ente, se sostiene que para el tratamiento de los residuos patológicos se debe obtener la "inactivación biológica" de los desechos para reducir bacterias, hongos y parásitos. Sin embargo, en un acta labrada por el organismo regulador el 18 de marzo de 2002, se afirma que la empresa DRP S.A. "no posee en el lugar laboratorios ni capacidad para determinaciones de estos niveles como tampoco para efectuar control de calidad". Al realizar su descargo, el 7 de octubre de 2002, la empresa sostiene pero no acredita que a partir del 16 de junio de ese año se instaló otro equipo de esterilización por autoclave.

Debido a que el Ente considera que nada se ha dicho ni probado que desvirtúe el acta labrada el por el organismo, la empresa no está cumpliendo con las modificaciones establecidas a la Ley Nº154 de la Ciudad, que afirman que a los efectos del tratamiento de residuos patológicos se deben utilizar métodos o sistemas que aseguren la total pérdida de su condición patógena y la menor incidencia de impacto ambiental.

Respecto al transporte externo de los residuos transportados desde los hospitales Álvarez y de Quemados, los inspectores advirtieron que "la caja de los vehículos se encuentra conectada con la cabina de conducción, sus puertas no son de cierre hermético, no posee bordes de retención de líquidos en el piso, no posee sistema de carga con trabas, no cuenta en su interior con elementos de limpieza tales como palas, escobas y bolsas, todo ello en violación a los dispuesto por el artículo 29 del decreto 1886/2001”.

Por otra parte, en junio de 2001 a partir de una visita al lugar la ombusdman porteña, Alicia Oliveira, decidió presentar en la Fiscalia 3º a cargo de Guillermo Oscar Cichetti las pruebas recogidas del lugar por la División Medio Ambiente, de la Dirección Policía Científica de la Gendarmería Nacional, de la Dirección de Asuntos Ambientales de la Gendarmería Nacional y del Comité de Control de Infecciones.

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