Se aprobaría la ley de Amparo por Mora
Con la esperanza de que la sesión comience solo un poco más temprano que de costumbre, la Legislatura porteña se prepara para una de las últimas sesiones ordinarias y la previa antes de la fecha clave 30 de noviembre, día en que se tratará el Presupuesto de la Ciudad.
La Legislatura podría continuar con el tratamiento de la Ley que modifica el Régimen de Faltas de la Ciudad, aprobada en general el jueves 2 de noviembre. Además consideraría el proyecto de Ley de Amparo por Mora de la Administracióny el Proyecto de Ley de Cultura de la Ciudad.
Con anterioridad (a las 16) tendrá lugar una sesión especial para poner a consideración del Cuerpo el nombramiento de los representantes de la Legislatura en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad.
Aunque muchos auspician que no será este jueves el día que se apruebe el Régimen de Faltas, podría tratarse en particular la Ley que fuera aprobada en general por 33 votos, el jueves 2 de noviembre.
Como se explica en los fundamentos del despacho de la Comisión de Justicia, puesto a consideración y aprobado en general, se propicia "un cambio integral del Código de Faltas tendiente a rectificar y fortalecer las estrategias en materia de seguridad en la Ciudad de Buenos Aires".
Se explica además que el objeto de la iniciativa es permitir un "ordenamiento jurídico moderno y actualizado a las exigencias de una sociedad en constante evolución". Entre las modificaciones figuran: el alargamiento del plazo de prescripción de las faltas cometidas a dos años; que el pago voluntario del 75 % del mínimo de la multa extingue la acción; la creación una nueva figura en el Código Contravencional, referida al encubrimiento de actividades de baile o locales habilitados para el ingreso masivo de personas.
Por otro lado, la Legislatura podría considerar el proyecto de Ley de Amparo por Mora de la Administración, que tiene dos despachos emitidos por la comisión mencionada, uno de mayoría y otro de minoría. La iniciativa - según se explica en los fundamentos del proyecto- busca "otorgar a los ciudadanos una herramienta eficaz para obtener por parte de las autoridades administrativas una resolución expresa, y dictada en forma, a los planteos y reclamos por ellos formulados".
Entre los considerandos del despacho de mayoría se explica también que el "amparo por mora es una acción tendiente a obtener una orden judicial de pronto despacho que puede deducir quien reviste la condición de parte en el procedimiento administrativo, cuando un órgano competente ha dejado vencer los plazos fijados o, en ausencia de éstos, ha transcurrido un plazo que excede pautas temporales razonables".
El proyecto de la mayoría propone incorporar como Capítulo V del Título XIII, del Anexo I de la Ley N° 189 - Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad- el Amparo por Mora de la Administración, siguiendo la línea de lo establecido a nivel nacional, pero aclarando, según se explica en los fundamentos del despacho de mayoría, que "la configuración del silencio administrativo de acuerdo con lo regulado por el art. 10 de la Ley de Procedimientos de la Ciudad no impide la utilización de la vía del amparo por mora". En tanto se propone que la resolución que se adopte sobre el amparo por mora en primera instancia resultará inapelable, siendo sólo apelable la condena en costas, con efectos suspensivo.
En el segmento de las preferencias la Legislatura podría tratar el proyecto de Ley del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios, que cuenta con un despacho consensuado de la Comisión de Legislación General y del Trabajo.
De crearse, dicha entidad será la encargada de ejercer el poder de policía respecto al ejercicio de la actividad profesional de los corredores inmobiliarios en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, y tendría a su cargo el otorgamiento de las matrículas habilitantes.
Entre los argumentos que sostienen el proyecto se plantea que "la Ciudad de Buenos Aires, sea posiblemente la única jurisdicción que no cuenta con un organismo que reglamente, controle y represente legalmente a los Corredores inmobiliarios y que garantice de esta manera un correcto control de los colegiados que deberán (...) responder por los actos que correspondan a su actividad".
Corredor inmobiliario - según el despacho propuesto- es toda persona que en forma normal, habitual y onerosa, intermedia entre la oferta y la demanda, en negocios inmobiliarios ajenos, de administración o disposición, participando en ellos mediante la realización de hechos o actos que tienen por objeto conseguir su materialización.
En tanto, a continuación de los temas anunciados, fue incorporado el proyecto de Ley de Cultura de la Ciudad, que cuenta con despacho de Comisión. Su objeto es promover los derechos culturales previstos en el artículos 32 de la Constitución de la Ciudad, ordenar el marco legal y los principios rectores de las políticas culturales.
La cultura es definida en un sentido amplio, como "el conjunto de manifestaciones, representaciones, procedimientos y modalidades de la creatividad humana, individual y colectiva, que incluye lo aprendido, acumulado y permanentemente enriquecido, que determina la singularidad de una sociedad y/o comunidad, las diversidades que la integran como totalidad histórica, situada en un espacio definido y abarca los modos de vida, las formas de vivir en sociedad y/o comunidad, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias".
El proyecto del kirchnerista Chango Farías Gómez promueve la asunción de la cultura como prioridad estratégica y política de Estado y propone una serie de principios rectores, entre ellos la igualdad de acceso a los bienes y valores culturales, la protección de una identidad pluralista y multiétnica, la revalorización de la propia identidad cultural, la libertad de expresión, preservación y desarrollo de la cultura, la descentralización y la participación ciudadana en la planificación y gestión cultural, entre otros.
Se propicia la convocatoria a un Congreso de la Cultura de la Ciudad cada dos años, la creación de una Comisión Asesora ad honorem y el establecimiento de estímulos especiales y la promoción de artistas, investigadores y promotores de la cultura.
Está previsto también el tratamiento de una ley que tiene por objeto crear el Programa de la Educación para la Salud de la Ciudad de Buenos Aires, orientado a incorporar, en la ejecución de las políticas públicas, prácticas que fomenten el desarrollo de las capacidades y acciones de promoción y prevención en el campo de la Salud, en forma continua, permanente y comenzando en la niñez para prolongarse, en forma permanente, a lo largo de la vida.
Educación para la salud es, según se define en este proyecto, la traducción del conocimiento sobre salud en hábitos y comportamientos positivos que tienden a promover la salud del individuo, la familia y la comunidad. En los fundamentos de la iniciativa se considera que "habría que establecer, desde lo legislativo, el marco para que los sistemas de salud y otros sectores cuenten con programas de políticas tendientes a consolidar lo mencionado desde un punto de vista más general, como una actitud hacia la vida y no únicamente la evitación de tal o cual enfermedad".
Por su parte, la Legislatura daría tratamiento también al proyecto de ley que propone establecer como obligatoria la instalación de cruces semaforizados en las intersecciones próximas a las entradas principales de los establecimientos escolares públicos y privados que funcionan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
La iniciativa parlamentaria, que cuenta con despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, prevé que en la instalación de estos cruces semaforizados se priorice a los establecimientos escolares cuya entrada principal se encuentre sobre avenidas, calles con intenso tránsito o vías colectoras; cuando la misma esté ubicada sobre una vía utilizada por vehículos de transporte de cargas y/o pasajeros; y/o cuando existieran antecedentes de accidentes registrados.
En los considerandos del proyecto se explica que son numerosas las intersecciones de calles próximas a establecimientos escolares, que carecen de señalamiento luminoso y que esta insuficiencia genera situaciones de riesgo a la integridad física de escolares y estudiantes. También se explica allí, que una de las principales causas de muerte en menores de 40 años son los accidentes de tránsito.
En tanto, podrían ser declarados Ciudadanos Ilustres, las siguientes personalidades de la cultura: el arquitecto y artista plástico Clorindo Testa, por su contribución a la identidad de la Ciudad de Buenos Aires; la actriz y cantante Elena Lucerna; la actriz de extensa trayectoria en el teatro y en el cine, Cipe Lincovsky; y el cantante y compositor Diego Torres. Para ser sancionados, estos proyectos de Ley, deberán recibir al menos 40 votos de los diputados y diputadas.