Publicado: 02/10/2009 UTC General Por: Redacción NU

La Defensoría recomendó suspender la obra para el túnel de la 9 de Julio

El defensor del Pueblo de la Ciudad adjunto Gerardo Gómez Coronado recomendó al Ministerio de Desarrollo Urbano suspender provisoriamente las obras para realizar una autopista subterránea por debajo de la principal avenida de la Ciudad. Desde el órgano de control se pidió que se realice la convocatoria a audiencias públicas, entre otros puntos.
La Defensoría recomendó suspender la obra para el túnel de la 9 de Julio
Redacción NU
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El plan del Gobierno porteño para construir un pasaje subterráneo por debajo de la Avenida 9 de Julio sumó un nuevo obstáculo. Esta vez se trata de una recomendación que la Defensoría realizó al ministro de Desarrollo Urbano, Daniel Chaín, de suspender provisoriamente las obras, para "ajustarse a lo fijado por la ley". Es decir, solicita la convocatoria a audiencias públicas, la remisión del proyecto a la Legislatura porteña, y la evaluación previa de impacto ambiental.

El defensor adjunto Gerardo Gómez Coronado, además, reclamó previamente al Ministerio que dirige Chaín que le informe sobre diversos aspectos de la realización de tal obra, que el Defensor calificó como ?faraónicas?. ?La resolución es elocuente y contundente respecto a la necesidad de que el Gobierno suspenda la licitación de la autopista subterránea para tratar estas obras faraónicas como lo que efectivamente son, y no como si fuera la reparación de una calle?, declaró.

Según informó la Defensoría, en la respuesta que le fue presentada el pasado 14 de agosto, "el Poder Ejecutivo continuó justificando su accionar amparándose en la Ley 3060, por la que considera innecesaria la remisión del proyecto a la Legislatura de la Ciudad".

Sin embargo, desde el organismo al que dirige Alicia Pierini se consideró que la resolución clarifica que la construcción de los cuatro túneles implica la afectación del subsuelo, y para ello la Constitución de la Ciudad establece que debe aprobarse por ley de doble lectura. "Esta obligación exige evaluar previamente el impacto ambiental y la realización de audiencias públicas, sin embargo, la licitación fue llamada antes de iniciar el proceso de evaluación ambiental dispuesto por la Ley 123", se planteó.

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