Sancionaron la ley que beneficia a los multimedios
Luego de una semana intensa para la Legislatura porteña por todo lo que el juicio político al jefe de Gobierno acarrea y por la maratónica sesión especial que sancionó el Presupuesto, los diputados porteños volvieron a sesionar ordinariamente, este jueves 1.
Claramente marcados por la trasnochada del día anterior, los diputados de la Ciudad se arrimaron cerca de las siete de la tarde a un recinto que estaba repleto de hinchas del Club Atlético All Boys que esperaban ver lo que luego se sancionó. La sesión se rumoreba "terminaría temprano" por dos razones: una, "todavía queda participar de la jura del viernes", y la otra, "hoy juega Boca", decían.
Contrariamente a lo que se esperaba, la sesión de este jueves fue larga. Se aprobó la ley de otorgamiento, mantenimiento y regularización de permisos para la afectación, el uso y la ocupación del espacio público para la instalación de redes de servicios de televisión por cable. Con este título, muy bonito, en definitiva, se deroga la ordenanza que obligaba a las empresas de cable soterrar el cableado aéreo. La ordenanza, de 1995, les daba a estas empresas un plazo de 10 años para hacer esta tarea, que nunca llevaron a cabo. Ahora, en cambio, se estableció que los postes de madera deben ser cambiados por postes de metal y sólo se ordenó quitar el tendido aéreo en el microcentro. Este cambio de planes permitió que, de un plumazo, las empresas multimedios ahorraran, según se estima, un monto de 300 millones de pesos. La iniciativa juntó los proyectos del Gobierno porteño y del diputado macrista Mario Morando (Juntos por Buenos Aires).
Morando defendió su iniciativa diciendo, paradójicamente, que "busca eliminar la importantísima contaminación visual" y evitar la "peligrosidad que los viejos postes de madera tienen para los vecinos".
Mientras que los diputados Sergio Molina, Ariel Schifrin, María Eugenia Estenssoro, Susana Etchegoyen, Jorge San Martino rescataron que "el proyecto sólo está a favor de los grandes medios que estafaron a la Argentina". En otra oportunidad, en la que se había intentado tratar este tema, el diputado Martín Borrelli (CpC) y los legisladores del Interbloque de Izquierda denunciaron que "esta medida beneficiará principalmente al Grupo Clarín (dueño de Multicanal y un porcentaje de Cablevisión), dado que ahorrarán 300 millones de pesos".
En una posición mediadora, el legislador Julio De Giovanni dijo que "en la sanción de la ley y en el debate veo una múltiple cruza de intereses".
Finalmente, la ley se aprobó por mayoría simple, luego de un recuento nominal de votos que marcó 23 votos afirmativos y 18 votos negativos. Entre los últimos estaban el famoso grupo macrista "Festilindo" -Compromiso para el Cambio-, encabezados por Gabriela Michetti, Paula Bertol y Martín Borreli, y el Interbloque de Izquierda.
La ley "tiene por objeto" regular el otorgamiento, el mantenimiento y la regularización de permisos para la afectación, el uso y la ocupación del espacio público de la ciudad de Buenos Aires para la instalación de redes HFC que se afecten a la prestación de servicios de televisión por cable y servicios complementarios.
Se prohíbe la instalación de tendidos aéreos sobre postes de madera y columnas de alumbrado público. Los prestadores del servicio de televisión por cable deberán proceder al retiro, remoción, traslado o acondicionamiento de sus instalaciones cuando así lo disponga la Autoridad de Aplicación por resolución fundada en la ejecución de obras públicas que resulten afectadas o en la racionalización de instalaciones, en los plazos y forma que fije la reglamentación de la presente ley, quedando a cargo de dichos prestadores todos los gastos que ello implique, sin derecho a reclamo o indemnización de ningún tipo.
Asimismo, la reglamentación deberá asegurar que, en los plazos que a continuación se indican, los que serán computados a partir de la entrada en vigencia de dicha reglamentación, se cumplan los siguientes objetivos:
a) Dentro de los doce (12) meses, se retiren todos los tendidos aéreos y columnas metálicas existentes en el sector de Microcentro y Casco Histórico de la Ciudad, designado como Zona 1 en el Anexo I de la presente Ley;
b) Dentro de los treinta y seis (36) meses, se reconviertan al esquema de única infraestructura por cuadra sobre columna metálica, en ambas aceras descrito en el artículo 11, todos los tendidos aéreos existentes en las avenidas ubicadas en la Zona 2 del Anexo I de la presente Ley.
Además, se prevén multas que van desde 10.000 pesos a 100.000 por cada infracción; la suspensión de seis (6) meses a cinco (5) años en la inscripción en el Registro creado por la Ordenanza Nº 25.989; e inhabilitación definitiva en el Registro recién citado o el que lo sustituya.