Publicado: 25/06/2009 UTC General Por: Redacción NU

El Tribunal Superior le dijo no a Meis

Con cuatro votos a favor y uno en disidencia, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad resolvió rechazar la acción de amparo presentada por el legislador porteño Marcelo Meis cuestionando la campaña PRO. "La vaguedad de los alegados por el actor y la ausencia de medios probatorios adecuados también imponen el rechazo de la acción", expresa el voto de Luis Lozano.
El Tribunal Superior le dijo no a Meis
Redacción NU
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El Tribunal Superior de la Ciudad rechazó la acción de amparo presentada por el legislador porteño Marcelo Meis en la que cuestionaba la campaña de PRO, solicitaba se prohíba la asistencia de candidatos a actos oficiales de Gobierno y pedía que "se cambien los colores de los afiches de campaña por ser similares a los de la propaganda institucional de la administración macrista, hecho que tiende a confundir o inducir al votante en pleno proceso electoral".

Luego de requerir al Fiscal General de la Ciudad que se expida sobre la materia, los cinco magistrados que integran la máxima instancia de la Justicia porteña resolvieron con cuatro votos a favor (Ana María Conde, José Osvaldo Casás, Julio B. J. Maier, Luis Francisco Lozano) y uno en disidencia (Alicia Ruiz), negar la medida cautelar.

"El color amarillo y las letras negras utilizados en los afiches que reflejan la publicidad de ciertas obras o actuaciones encaradas por el GCBA, ha sido usado con bastante anterioridad a la campaña electoral vinculada al comicio que tendrá lugar el próximo 28 de junio, por lo cual no puede enrostrarse a las autoridades locales la intención de inducir indubitablemente la voluntad electoral de los vecinos para la referida elección", señala el voto de José Casás.

Ana María Conde, en sus fundamentos expresa que, "la alianza imputada (el PRO) nunca podría considerarse sujeto activo de la prohibición? porque una simple consulta de la página WEB oficial del Gobierno local ?a la que el denunciante refiere en relación a parte de la prueba que aporta?, permite verificar que las campañas de publicidad del Gobierno poseen pluralidad de logos, formatos y colores, entre los cuáles es uno más el que aquí se denuncia como excluyente de la propaganda institucional oficia", expresa en los fundamentos de su voto, Ana María Conde.

"No puede desprenderse lisa y llana que la utilización de colores y tipografías similares pueda ser suficiente como para incidir en el electorado?, destaca Lozano, quien también argumentó sobre la presencia de candidatos del PRO en actos de Gobierno. "El actor (Meis) se limita a realizar afirmaciones de extrema vaguedad, insuficientes para dar trámite a la acción. En segundo término, las constancias obrantes en la causa no permiten tener por acreditadas las conductas que podrían ser objeto del proceso. La vaguedad de los alegados por el actor y la ausencia de medios probatorios adecuados también imponen el rechazo de la acción", concluyó el magistrado.

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