Publicado: 21/10/2004 UTC General Por: Redacción NU

Pase gratis para los jubilados porteños

Los jubilados, pensionados y adultos mayores que no perciban haber jubilatorio de la Ciudad de Buenos Aires podrán acceder a un pase gratuito en el transporte público de pasajeros. Esta medida fue propuesta por la diputada del Frente Grande Sandra Dosch y aprobada este jueves por la Legislatura porteña
Pase gratis para los jubilados porteños
Redacción NU
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La Legislatura porteña aprobó este jueves un proyecto de la diputada ibarrista Sandra Dosch, por el cual se dispone el otorgamiento de un pase gratuito para jubilados, pensionados y adultos mayores que no perciban haber jubilatorio en el transporte público de pasajeros.

"Este proyecto brinda un beneficio largamente reclamado por diversas asociaciones que representan la problemática de la tercera edad en nuestra Ciudad. Es angustiante la situación a la que están sometidos aquellos jubilados y pensionados que sólo han accedido a una retribución mínima luego del esfuerzo laboral y los aportes de largos años. La dinámica de la emisión de certificados de crédito fiscal actualizará los tributos que las empresas de transporte urbano automotor asiduamente mantienen atrasados con los entes recaudadores, facilitándoles el pago; y a la vez brindará una ayuda económica a quienes más lo necesitan", explicó Dosch.

La iniciativa otorga un pase gratuito para jubilados y pensionados con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, cuyo ingreso mensual corresponda al mínimo previsto por las normas nacionales y a personas mayores de 65 años, residentes en la Ciudad, que no tengan empleo o que no sean beneficiarios de sistema previsional alguno. El pase es válido únicamente para utilizar las líneas de transporte urbano de pasajeros que tengan sede en esta Ciudad.

El proyecto establece que la Secretaría de Desarrollo Social o quien se encuentre designado por la reglamentación, debe emitir un pase mensual, personal e intransferible, fraccionable en boletos equivalentes a 16 viajes correspondientes a la segunda sección de esta jurisdicción, los cuales serán entregados a los beneficiarios. Las empresas de autotransporte de pasajeros presentarán dichos pases ante la autoridad que los emitió, la que confeccionará una constancia detallando la totalidad de los boletos utilizados y el monto de tal presentación.

Esta constancia constituirá un certificado que será utilizado por la empresa de transporte urbano ante la Dirección General de Rentas para cancelar las obligaciones tributarias en mora por Patentes sobre Vehículos en General y adicional Ley 23.514, correspondientes a los vehículos automotores destinados al transporte colectivo de pasajeros, exclusivamente, los que deben encontrarse habilitados por la autoridad de aplicación.

La imputación de este crédito fiscal debe efectuarse a las deudas más antiguas, en primer lugar a los accesorios y luego al impuesto en mora.

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