Venta ambulante: Dos posiciones encontradas
El nuevo Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires establece en su artículo 83 que quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público será sancionado con una multa de 200 a 600 pesos, mientras quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, recibirá una multa de 5.000 a 30.000 pesos.
Este artículo generó un gran rechazo por parte de los vendedores ambulantes antes, durante y después de la sanción de la norma, ya que actualmente la única actividad regulada es la venta ambulante de alimentos. Es decir que, a partir de la aplicación del Código (el 23 de enero pasado), el resto de las actividades están prohibidas.
Inmediatamente después que la Legislatura porteña aprobó la flamante normativa (el 23 de septiembre de 2004), el Poder Ejecutivo criticó fuertemente esta disposición, básicamente porque se establece en ella que "no constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria".
Frente a esta y otras observaciones, el jefe de Gobierno de la Ciudad, Aníbal Ibarra, decidió no vetar el Código pero aseguró que a la brevedad enviaría un proyecto para regular toda la venta ambulante. Sin embargo, lo que supuestamente iba a ser algo de días, recién se concretó el mes pasado.
Cabe mencionar que la ley 1472 también establece que todo aquel que ocupe la vía pública en ejercicio de una actividad lucrativa excediendo las medidas autorizadas o el permiso de uso de las aceras, deberá ser sancionado con una multa de 400 a 2.000 pesos.
Por su parte, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) -entidad sin fines de lucro que representa a más de 950 Cámaras y 27 Federaciones en todo el país- es determinante en lo que respecta a este tema: "Hay que eliminar el artículo 83 del Código Contravencional para que se prohíba de plano la venta ambulante".
Según la CAME "al primero de octubre de 2004 se habían relevado 3.764 puestos y vendedores. Se observa que la confluencia de los mismos a plazas y calles se incrementa hasta un 300 por ciento los días festivos y los días de venta especial (Día del Niño, de la Madre, fiestas, etc). Por lo tanto, para lo que se denomina "alta temporada" la proyección arroja más de 10.000 puestos en toda la Ciudad Buenos Aires".
Además, la Confederación estima que cada puesto o vendedor ilegal factura unos 72.000 pesos por año. Los rubros que más se comercializan son anteojos, CD grabados, calculadores, relojes y pilas (32 por ciento). Un 26 por ciento ofrece condimentos, frutas y verduras. En Indumentaria y lencería se constató un 13 por ciento y rubros diversos y ocasionales para la venta especial (juguetería, accesorios de telefonía celular, productos regionales, etc) un 29 por ciento.
Asimismo, aseguran que en determinados parques y plazas públicas existe una suerte de "arrendamiento" clandestino de espacios. A modo de ejemplo, señalan que en el Parque Centenario se puede constatar pintado sobre la vereda los números preasignados para cada puesto.
En tanto, el proyecto enviado por el Ejecutivo es mucho más elástico, ya que propone la habilitación de 790 puestos de venta ambulante divididos en diferentes barrios de la Ciudad. En Mataderos, 96; Villa del Parque, Paternal y Once, 52 cada uno; Boedo, 48; Floresta y Flores, 40 cada uno; Urquiza, Versalles y Almagro, 36 cada uno; Belgrano y San Cristóbal, 32 cada uno; Pompeya, Boedo y Plaza Italia, 28 cada uno; Parque Chas, 24; Liniers, 20; Constitución, Bajo Flores y Colegiales, 16 cada uno; Parque Patricios, 14; Chacarita, Estación Saavedra, Villa Devoto y La Boca, 12 cada uno.
La iniciativa define como "vendedor con parada fija" a la persona física que, con el correspondiente permiso, ejerza el comercio en la vía pública. Se considera venta en la vía pública la realizada por personas físicas fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros, áreas o lugares debidamente autorizados, con instalaciones comerciales desmontables o transportables. Los días, horas y lugares donde podrá desarrollarse esta actividad, serán los que autorice la autoridad de aplicación de la norma.
Los tipos de venta habilitados serían las ferias ubicadas en lugares o espacios determinados y de periodicidad fija que sólo podrán celebrarse durante los días inhábiles y feriados; la venta en la vía pública con motivo de fiestas, acontecimientos populares y eventos especiales; y la venta habitual en la vía pública.
Puede estar habilitada para ejercer la actividad toda persona física que tenga capacidad para ejercer el comercio; presente Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento; acreditar domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y los demás requisitos que fije la reglamentación.
Mientras que no podrán ser autorizados el titular de otro permiso de uso otorgado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; los cónyuges o convivientes de los titulares de los permisos de uso; los funcionarios, empleados o contratados por el Gobierno de la Ciudad y cesados en sus funciones hasta un año después del la finalización de las mismas; los familiares hasta en tercer grado o cónyuges o convivientes de los funcionarios, empleados y contratados. En el caso de que la personas esté incluida en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se le otorgará un permiso provisorio por 90 días, debiendo regularizar su situación. En caso contrario, el permiso caducará automáticamente.
El proyecto también crea un Registro de Postulantes para los permisos y un Registro de Antecedentes de Infracciones. Para ejercer la venta con el permiso establecido en la norma se deberán realizar los trámites que fije la reglamentación, y abonar la tasa fijada en el Código Fiscal vigente.
Por mes cada puesto podría pagar: Categoría A (puesto en ferias en zonas aledañas a menos de 100 metros de las estaciones de Ferrocarril), 100 pesos; Categoría B (puesto fijo en vía pública, en zonas establecidas), 50 pesos; Categoría C (puestos en ferias en zonas no comprendidas en la Categoría A), 25 pesos; y Categoría D (puestos emplazados en ocasión de eventos especiales), 15 pesos por día.
El permiso está limitado a los bienes o servicios declarados, debiendo acreditar el comprobante de compra de los productos que se pretende comercializar. Asimismo, se deberá demostrar estar regularmente inscripto como Contribuyente de los impuestos, tasas y contribuciones que graven la actividad, como también al Régimen de Aportes de Trabajadores Autónomos o Monotributo según corresponda.
Cada feria deberá contar como mínimo, con dos baños químicos por cada cincuenta puestos, que deberá ser prorrateado entre todos los comerciantes de la feria. En el caso de los puestos de venta en la vía pública se establece que sólo se permitirá hasta dos vendedores con puesto fijo a razón de dos por vereda y por cuadra.
La propuesta del Ejecutivo fija, además, que el monto máximo permitido de los productos a expender en los puestos que se encuentren emplazados en ferias será de 100 pesos o el equivalente a 50 litros de nafta y en los puestos que se encuentren en la vía pública será de 30 pesos o el equivalente a 15 litros de nafta.
Según la CAME "la facturación anual estimada en la Ciudad de Buenos Aires sería de 800 millones de pesos, lo que arroja una evasión anual de impuestos nacionales de 255 millones de pesos y una evasión anual de impuestos y tasas municipales de 34 millones de pesos. El empleo no registrado estaría cercano a las 20.000 personas, lo que representa una evasión anual de aportes y contribuciones de la Seguridad Social de 40 millones de pesos".
Sin embargo, los vendedores ambulantes sostienen que la crisis económica del país y la falta de puestos de trabajo genuino no hace más que expulsar gente a vender lo que puede como puede. "Mi papá nos abandonó hace tres años. Mi mamá no puede trabajar porque alguien tiene que cuidar a mis hermanitos. Yo soy la única persona que puede llevar de comer todos los días y como no pude seguir con mis estudios no consigo un trabajo estable", aseguró Ramino, un adolescente de 17 años que hace dos años "patea" las calles.
En el mismo sentido, Beto -49 años, casado con tres hijos- afirmó: "Poder trabajar en este país es un privilegio. La gente que pasó la barrera de los 30 años tiene que se profesional o empleado del Estado para poder laburar. No es coherente que, por un lado, no se de trabajo a las personas grandes y, por otro lado, se persiga a la gente que no puede laburar de otra cosa que no sea de vendedor ambulante".
El diputado macrista Jorge Enríquez (Juntos por Buenos Aires) expresó que "el Código no busca prohibir toda la venta callejera sino la venta ilegal. Porque el desempleo no puede servir de justificación para que se tomen todos los espacios públicos de la Ciudad para poder encontrar un sustento. Hoy hay una evasión impositiva que ronda los 300 millones de pesos por año, y hay que hacer algo al respecto para que no se siga castigando al pequeño y mediano comerciante".
La presidenta de la Comisión de Espacio Público de la Legislatura, Fernanda Ferrero (Unión para Recrear Buenos Aires), manifestó que "hay que regular la venta ambulante para terminar con las mafias que manejan este tipo de negocios y además, como en los casos anteriores debemos ordenar las calles de la Ciudad para mayor tranquilidad de los porteños".
Por su parte, la diputada porteña Sandra Bergenfeld (Juntos por Buenos Aires) sostuvo: "Me parece que este es un tema muy difícil porque, por un lado, están los vendedores que tratan de ganarse la vida como pueden y, por otro, los pequeños y medianos comerciantes que razonablemente luchan por defender su trabajo. Por eso, estamos hablando con los dos sectores a fin de impulsar una mesa de diálogo y poder llegar a una solución que beneficie ambas partes".