Publicado: 30/09/2010 UTC General Por: Redacción NU

El PRO apeló el fallo de Gallardo

Como lo adelantara Noticias Urbanas, el macrismo resolvió apelar el fallo del juez porteño, que dispuso la utilización de la fuerza pública para garantizar la presencia de testigos en las reuniones de la Investigadora. Consultado por NU, el presidente de la Comisión, Martín Hourest, sostuvo que “a pesar de la apelación, el fallo del juez sigue vigente hasta tanto no se expida la Cámara”.
El PRO apeló el fallo de Gallardo
Redacción NU
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El pasado miércoles, los cinco miembros del PRO en la Comisión Especial que funciona en la Legislatura porteña para determinar responsabilidades políticas en la causa escuchas ilegales se reunieron para analizar la respuesta ante el fallo de juez Roberto Gallardo, que dispuso la utilización de la ?fuerza pública? para garantizar la presencia de los testigos.

Finalmente, los legisladores Martín Borreli, Martín Ocampo, Lidia Saya, Fernando De Andreis y Cristian Ritondo (también estuvo presente Gerardo Ingaramo, presidente de la comisión de Justicia), decidieron apelar. La presentación se realizó este jueves. El macrismo considera ?infructuosa? la intervención del Juez Gallardo de brindar asistencia judicial, y argumentan que los ellos no obstaculizan el avance de la investigación, como lo atribuye la oposición, ?porque del total de 30 testigos citados, sólo 3 son funcionarios del Gobierno de la Ciudad?.

Sobre los 11 testigos que fueron citados nuevamente para la próxima semana, consideraron que sus declaraciones no son ?claves? para avanzar en la investigación porque ya declararon en la causa, y sus testimonios están a disposición en el expediente que se encuentra en la Legislatura porteña.

Consultado por NOTICIAS URBANAS, el presidente de la Comisión Investigadora, Martin Hourest, expresó que ?a pesar de la apelación, y de la solicitud de la fiscal Ana Di Iorio, y auque el fallo de Gallardo pueda ser revisto, solo la Cámara puede expedirse. Hasta que no lo haga, el fallo sigue vigente?.

También en diálogo con esta agencia, Ingaramo explicó los alcances de la apelación. ?Nosotros hicimos la presentación en el juzgado, que ahora debe decidir si es suspensiva o devolutiva; es decir, si suspende el dictamen del juez o ?como sostiene Hourest- es la Cámara la que debe definirse. Para el primer caso se necesitan entre tres y cinco días?.

De esta forma, solo una resolución exprés de la justicia podría anular la intervención de Gallardo en las dos rondas de testigos de la semana que vienes, el lunes y martes.

Hourest, hace dos días, confirmaba el inicio de los trámites correspondientes para que, mediante la asistencia de la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, los primeros testigos que se excusaron de responder las preguntas de los legisladores fueran convocados nuevamente bajo apercibimiento mediante la Policía Federal y/o la Prefectura Naval Argentina si el testigo no compareciere de forma justificada.

?El lunes deberán presentarse los representantes de la Universidad de la Matanza y Agustín Gamboa (secretario general de Política Criminal y Planificación Estratégica del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad). En el caso que no se presenten el lunes, el martes tomará intervención la fuerza pública?, explicó.

EL FALLO

Entre los argumentos de la apelación del PRO, a la que accedió NU, figuran la falta de jurisdicción del juez, irregularidades del proceso, y la falta de legitimación del presidente de la Comisión para acudir a la justicia. "(Gallardo) realiza una interpretación antojadiza y exclusiva de como se debe accionar otro poder", señalan. "El juez carece de atribuciones para crear competencias que se encuentran sólo reservadas a la Constitución, las leyes, o el reglamento no ha creado", se agrega.

Sobre la falta de jurisdicción, sostienen que "lo correcto para este supuesto de intervención judicial en horas inhábiles es plantear el caso ante el juez de turno conforme a resolución CM Nº 263/08, y posteriormente, luego de dictada la medida cautelar, remitir la misma a un sorteo; lo correcto era actuar de esta forma y no con la arbitrariedad que se expone en este escrito".

También, en el escrito, se resalta la "falta de identificación no solo de una carátula, sino de la existencia de partes y de una causa judicial contradictoria"; que las "actuaciones no se iniciaron por sorteo ante la Cámara"; que la "intervención se eligió de forma voluntaria y discrecional, dirigida, violando las normas procesales no solo del fuero sino las vigentes en toda la República".

En otro punto, se detalla que "la Legislatura expresamente omitió conferir facultades a la Comisión en lo relativo a la concurrencia forzosa de los declarantes y, asimismo, omitió facultarla a requerir el auxilio del Poder Judicial a tal efecto".

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