Veinte años de prisión para Chabán y absolución para Callejeros
"La decisión se tomó por unanimidad", dijo el vocero del Tribunal Oral 24 y comenzó a leer los 61 puntos más importantes y las condenas a los imputados: 20 años para Chabán, 18 para el manager de la banda, Diego Argañaraz, y el subcomisario Carlos Díaz, dos años para las funcionarias Fabiana Fiszbin y Ana María Fernández y un año en suspenso para Raúl Villarreal, mano derecha del gerenciador de Cromañón. Callejeros quedó absuelto.
La Fiscalía había solicitado las penas más duras para Omar Chabán, gerenciador del boliche de Once. También estaban imputados los músicos del grupo Callejeros, tres ex funcionarios y dos ex policías.
Sobre las acusaciones a Chabán, el Tribunal resolvió: "Rechazar los planteos de nulidad planteados por la defensa. Condenar, por considerarlo responsable del delito de incendio doloso en concurso legal, con el delito de cohecho activo a la pena de 20 años de prisión, accesorias legales y costas".
Diego Argañaraz, manager de Callejeros, fue condenado como "responsable de incendio doloso en concurso legal con el delito de cohecho activo, a una pena de 18 años de prisión".
El subcomisario Carlos Díaz también fue encontrado por el TOC Nº 24 como "autor penalmente responsable cohecho pasivo" y recibió una condena a "18 años de prisión".
Chabán, Argañaraz y Díaz deberán acatar "la observancia de prohibición de salida del país, fijar domicilio sin poder ausentarse por más de 48 horas sin poner en aviso al tribunal y comparecer semanalmente ante la secretaría del tribunal para realizar un correcto seguimiento".
Las funcionarias ibarristas Fabiana Fiszbin y Ana María Fernández fueron encontradas culpables por el delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público", recayendo sobre ellas una pena de "dos años de prisión y cuatro de inhabilitación especial" para el ejercicio de funciones en la administración pública.
Ambas ex funcionarias también tendrán la "prohibición de salir del país y deberán fijar domicilio", pero a diferencia de Chabán, Argañaraz y Díaz deberán comparecer ante la secretaría del Tribunal "mensualmente".
Raúl Villarreal fue condenado "por ser partícipe secundario del delito de cohecho activo" a "un año de prisión en suspenso", a "realizar trabajos comunitarios no remunerados", y "un curso de información ciudadana". Por las acusaciones por los delitos de estrago doloso y homicidio simple, el tribunal resolvió "absolverlo".
Hasta ese momento, la lectura del fallo se realizó con prolijidad. Pero al tocarle el turno a los integrantes de Callejeros, el clima cambió.
Los tres jueces resolvieron "absolver" a todos los integrantes de Callejeros "por el delito de estrago doloso seguido de muerte en calidad de coautores, tanto en calidad de participes necesarios como secundarios", otorgándoles "el beneficio de la duda".
Mientras, en la calle, se iniciaban los incidentes entre familiares de las víctimas y la Policía que cuidaba los accesos al Tribunal; y, entre un fan de Callejeros que se dirigió directamente a los familiares, las absoluciones continuaron.
Gustavo Torres, quien fuera director de Fiscalización y Control durante la gestión de Aníbal Ibarra, también fue absuelto por "los delitos de estrago culposo seguido de muerte" y por "incumplimiento de los deberes de funcionario público".
Finalmente, el Tribunal dispuso "condenar solidariamente" a todos los acusados encontrados culpables en el juicio, "al estado nacional y al Gobierno de la Ciudad en el plazo de 10 días, al pago de la suma de 121.600 pesos".
Las últimas palabras, enunciadas entre gritos de protestas y festejos, en el punto 61 se dijo que "una vez firme" se dispondrá "la inmediata detención" de los condenados, cuyas penas sean de cumplimiento de prisión efectiva.
El fallo del TOC será apelado, tanto por la defensa de los condenados, como por las querellas y la Fiscalía. El recurso deberá ser presentada ante la Cámara de Casación Penal quien, en el caso de aceptar la apelación deberá fallar en segunda instancia. El fallo de la Cámara, que podrá llegar en uno, dos o más años, debido a las dimensiones gigantescas de la causa, tampoco implicará, en el caso de resolver en el mismo sentido que en primera instancia, que los condenados irán a prisión inmediatamente.
El hecho de haberse levantado la prisión preventiva que pesaba contra Chabán, y el no haberse dispuesto una acción en este sentido contra ninguno de los ahora condenados, es lo que actualmente permite que las personas encontradas culpables esperen en libertad que la Justicia deje firme la condena o la revoque. Y también queda la Corte, instancia a la que todos están dispuestos a llegar.