Publicado: 29/07/2005 UTC General Por: Redacción NU

Cómo es el proceso de juicio político

Este viernes por la tarde, la Comisión Investigadora de la tragedia de Cromañón recomendará el juicio político al jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra. Hay discusión sobre cómo debe darse inicio al mismo. Cómo es el proceso y qué puede pasar
Cómo es el proceso de juicio político
Redacción NU
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El Reglamento Interno de la Legislatura porteña no es claro con respecto al procedimiento que se deberá llevar a cabo con el dictamen único de la Comisión Investigadora de la tragedia de República Cromañón.

La discusión de cómo debe iniciarse un proceso de juicio político en la Ciudad tuvo lugar por primera vez cuando se debatió la Constitución porteña. Allí, el convencional Hipólito Orlandi expresó que el proceso de juicio político debía iniciarse directamente en la Sala Acusadora, sin pasar por una votación previa del plenario del recinto. En oposición a esta postura, el convencional Jorge Castells sostenía que dos tercios de los miembros de la Legislatura debían votar el inicio del proceso, antes de que éste pasara a la Sala Acusadora. La postura triunfante fue la de Orlandi. Sin embargo, el primer paso del inicio del juicio político no está redactado en forma clara.

Según el actual presidente de la Comisión de Justicia de la Legislatura, Julio De Giovanni (Partido de la Ciudad), no es necesario "un paso previo del pedido de juicio político por el plenario del Cuerpo, a efectos de evitar cualquier impugnación eventual de prejuzgamiento que pudiera surgir", dado que, si vota el total del recinto, se estarían expidiendo no sólo los diputados 45 diputados que conforman la Sala Acusadora, sino también los 15 que integran la Sala Juzgadora, que es la encargada de decidir la destitución de los funcionarios.

Por lo mismo, la intención del vicepresidente primero de la Legislatura, Santiago de Estrada, es recomendar al Cuerpo el jueves próximo el pase del dictamen directamente a la Sala Acusadora. De no haber ninguna objeción, se iniciará así el proceso de juicio político tanto al jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, como a la síndica de la Ciudad, Marcela Sánchez de Bustamante.

A pesar de esto, cuando se decidió el inicio del juicio político a los miembros del Consejo de la Magistratura, se hizo a partir de una votación del total de los miembros del recinto. Allí se acordó que fueran necesarios 31 votos. Según De Giovanni, en esa ocasión "no se siguió el procedimiento correcto".

La Legislatura se divide en una Sala Acusadora integrada por el 75 por ciento de sus miembros (es decir, 45 diputados) y en una Sala Juzgadora compuesta por el 25 por ciento restante (15 diputados), respetando la proporcionalidad de los partidos o alianzas.

Es cada dos años y en su primera sesión, cuando la Legislatura elige por sorteo a los integrantes de ambas salas, las cuales son presididas por un diputado elegido por mayoría simple entre sus miembros. Sin embargo, cuando el juicio político es contra el jefe o vicejefe de Gobierno, la Sala Juzgadora es presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, cargo que ocupa actualmente Julio Maier.

La Sala Acusadora nombra en su primera sesión anual una comisión de 13 miembros para investigar los hechos en que se fundan las acusaciones. Dispone de facultades instructorias y garantiza al imputado el derecho de defensa. Una vez presentado el dictamen de esta comisión, para aprobar la acusación son necesarios, como mínimo, 30 votos afirmativos. El acusado queda suspendido en sus funciones, sin goce de haberes.

En este caso, el trabajo de esta comisión se vería sumamente allanado a raíz de la conformación previa de la Comisión Especial que preside la diputada Fernanda Ferrero. Además, de los nueve miembros, casualmente ocho integran la Sala Acusadora. Pero de ninguna manera podría reeemplazarse el dictamen de la comisión de la Sala Acusadora por el de la Comisión Investigadora del caso Cromañón, sin que esto generara planteos de nulidad.

Luego de sustanciarse la acusación, la Sala Juzgadora es la encargada de debatir el caso respetando la contradicción y la defensa. La condena se dicta por mayoría de dos tercios de sus miembros (10 de 15) y tiene como único efecto la destitución, pudiendo inhabilitar al acusado para desempeñar cualquier cargo público en la Ciudad hasta diez años. Si la Sala no falla en los cuatro meses siguientes a la suspensión del funcionario, se lo considera absuelto y no puede ser sometido a nuevo juicio político por los mismos hechos.

La Sala Acusadora está compuesta por Gabriela Michetti, María Soledad Acuña, Martín Borrelli, Marcelo Godoy, Rodrigo Herrera Bravo, Marcos Peña (CpC); Jorge San Martino, Carlos Araujo (Recrear); Sandra Bergenfeld, Jorge Mercado (Cambiemos Buenos Aires); Daniel Betti, Sergio Molina (Bloque del Sur); Mónica Bianchi, Chango Farías Gómez, Claudio Ferreño, Diego Kravetz, Silvia La Ruffa, Ana María Suppa, Miguel Talento, Marta Talotti (Frente para la Victoria); Fernando Cantero, Fernando Melillo, Juan Manuel Velasco (ARI); Alicia Caruso, Sandra Dosch (Frente Grande); Roy Cortina (PS); Diego Santilli, Santiago de Estrada, Jorge Enríquez, Álvaro González, Eduardo Lorenzo Borocotó, Juan Carlos Lynch, Mario Morando, Dora Mouzo (Juntos por Buenos Aires); Julio De Giovanni, Jorge Giorno (Partido de la Ciudad); Rubén y Tomás Devoto (Movimiento para un Pueblo Libre); María Eugenia Estenssoro (Espacio Plural); Noemí Oliveto, Daniel Vega (Autodeterminación y Libertad); Mirta Onega (Compromiso Social); Milcíades Peña, Ariel Schifrin (Confluencia) y Roberto Vázquez (UCR).

En tanto, la Sala Juzgadora está integrada por Ferrero, Silvia Majdalani (Juntos por Buenos Aires); Norberto La Porta (PS); Laura Moresi (FG); Carlos Ameijeiras, Marina Pérez (Partido de la Ciudad); Beatriz Baltroc (Autonomía Popular); Helio Rebot, Alicia Bello (Frente para la Victoria); Ricardo Busacca (Alternativa Federalista); María Florencia Polimeni, Paula Bertol (CpC); Héctor Bidonde (Bloque del Sur); Susana Etchegoyen (19 y 20 de Diciembre) y Marcos Wolman (Izquierda Unida).

Luego de analizar la composición de ambas salas y haciendo, obviamente, un poco de futurismo, se podría concluir que, de iniciarse el proceso de juicio político, en la Sala Acusadora habría (sin contar al Frente Grande, el kirchnerismo, el Partido de la Ciudad, el Partido Socialista y Cambiemos Buenos Aires), 29 votos afirmativos cuando son necesarios 30. Algo similar sucede en la Sala Juzgadora, donde se conseguirían 8 de los 10 votos necesarios.

En todos los casos, es clave la posición del kirchnerismo, así como también la decisión del Partido de la Ciudad el Partido Socialista y el monobloque radical.

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