Sancionaron en general la "Ley de Embarazos Incompatibles con la Vida"
Luego de un extenso debate, la Legislatura porteña finalmente aprobó una Ley que posibilita el adelantamiento del parto en caso de embarazos incompatibles con la vida. La norma fue aprobada en general por 26 votos a favor, 10 en contra y una abstención, y en particular hasta su artículo 3º. La sesión se levantó por falta de quórum, por lo que el tratamiento del resto del articulado continuará el próximo jueves.
La ley, que se sustentó en los proyectos presentados por los diputados Marcela Larrosa (UCR) y Eduardo Peduto (ARI) y que tenía despacho favorable por mayoría de las Comisiones de Salud y de la Mujer desde fines del año pasado, tiene por objeto regular el procedimiento en los establecimientos asistenciales del sistema de salud de la Ciudad de Buenos Aires, respecto de la mujer embarazada con un feto que padece anencefalia o patología análoga incompatible con la vida. Se refiere a fetos que, por gravísimas malformaciones, irreversibles e incurables, morirán intra-útero o a las pocas horas de nacer.
Larrosa sostuvo que "se trata de una ley humanitaria; se trata de acortar el sufrimiento de esa mujer que todo el tiempo está pensando en ese bebé y en todo lo que implica pensar en un hijo. Y cuando se entera del diagnóstico debe ser terrible. Ese bebé va a morir a las pocas horas, por lo que esto no tiene nada que ver con el aborto, que quede bien claro. Se trata de ponerse del lado de la mujer que no tiene consuelo".
Por su parte, Peduto expresó que "impedir la profundización del sufrimiento de la mujer grávida, de la criatura que lleva en su vientre y de su entorno familiar, configura un aspecto de la salud. Es por eso que esta ley, que posibilita el alumbramiento pre-término de un embarazo incompatible con la vida, contribuye a operativizar un derecho humano básico consagrado por la Constitución de la Ciudad".
Entre los fundamentos que se mencionan en el proyecto de ley se expresa que la salud ha sido reconocida, en el ámbito nacional e internacional, como un derecho humano, inherente a la dignidad humana, de forma tal que el bienestar físico, mental y social que pueda alcanzar el ser humano constituye un derecho que el Estado está obligado a garantizar.
Y se agrega que "si dirigimos la mirada hacia el hijo, debemos recordar que el respeto a la dignidad humana, resguardado constitucionalmente y que es también aplicable a los niños, limita o prohíbe el llamado encarnizamiento terapéutico, o sea, la prolongación de la agonía cuando se sabe ciertamente que no se está curando o dando vida, sino tan sólo retardando el instante de la muerte. Y que si ponemos en el centro de nuestra atención a la gestante de una criatura inviable aparecen las distintas facetas del drama generador de un daño a su salud psíquica".
Se opusieron a la norma los diputados Santiago de Estrada, Ricardo Busacca, Julio Crespo Campos, Irene López de Castro, Atilio Alimena, Miguel Ángel García Moreno, Jorge Enríquez, Gabriel Picciano, Fernando Caeiro, Jorge Giorno, Jorge Mercado y Jorge Srur.
El año pasado, la Legislatura aprobó otro proyecto vinculado con el adelantamiento del parto en casos de anencefalia. Pero en esa ocasión se trató de un proyecto de declaración y no de ley. En el mismo se solicitaba al Gobierno porteño que emitiera "las instrucciones precisas a los hospitales de la Ciudad para proceder a la inducción del parto en caso de presentarse un diagnóstico de anancefalia, sin exigir la autorización judicial".
En esa oportunidad la iniciativa fue duramente cuestionada por diputados que el jueves acompañaron con su voto el proyecto de ley, ya que entendían que, al sancionar sólo una declaración, la Legislatura estaba delegando funciones en lugar de fijar reglas en torno a un tema tan delicado.