Ya se conoce el nuevo proyecto del aborto legal que se presentará en abril

Ya se conoce el nuevo proyecto del aborto legal que se presentará en abril

Lo publicó la Campaña por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito, que lo presenta por octava vez en el Congreso.


La Campaña Nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito publicó este jueves el nuevo proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que se presentará a finales de abril en el Congreso de la Nación “para se tratado y aprobado”, según indicaron.

El texto fue aprobado el fin de semana pasado durante una asamblea plenaria realizada en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Córdoba, a la que concurrieron 190 representantes de todas las provincias. Es resultado de más de cuatro meses de trabajo en una comisión redactora.

Las modificaciones principales se centraron sobre las prácticas eugenésicas y la objeción de consciencia, foco de reclamo de quienes militan el aborto clandestino. 

Además, una de las novedades es la despenalización total: significa que en ningún caso podrán ser criminalizados los efectores de salud, salvo cuando se practique sin el consentimiento de la mujer o persona gestante.

La iniciativa despenaliza y legaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 y más allá de ese plazo, cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer y en casos de violación. En estos casos, se debe garantizar en el sistema de salud, público, privado y de obras sociales. Las prestaciones deberán estar incluidas en el Plan Médico Obligatorio. La práctica de la IVE (Interrupción Legal del Embarazo),según el proyecto de la Campaña, se debe garantizar dentro de los cinco días de requerida.

Asimismo, el texto señala que las expresiones “mujer u otras identidades con capacidad de gestar” y “mujer o persona gestante” son equivalentes.

La salud no significa solo “ausencia de enfermedad”

Teniendo en cuenta que el proyecto entiende “la salud” como “un estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades”, las causales por las cuales toda mujer o persona gestante tiene derecho a interrumpir su embarazo, son en los siguientes casos:

a) Si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el/la profesional o personal de salud interviniente.
b) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la mujer o persona gestante.

La interculturalidad también es una de las modificaciones del nuevo proyecto: en el caso de que la mujer o persona gestante que quiere abortar hablara una lengua diferente, se deberá garantizar la presencia de intérprete con el fin de asegurar una comunicación efectiva en un marco de respeto por la interculturalidad, propone el texto.

Asesorías en reemplazo de las antiguas “Consejerías”

El texto que obtuvo media sanción en la Cámara baja hablaba de “consejerías”, en cambio, el nuevo texto propone “asesorías”. Según el texto, realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el establecimiento de salud debe garantizar a aquellas mujeres o personas gestantes que así lo requieran:
a) Información sobre el procedimiento que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios, siguiendo los criterios del artículo anterior;
b) Atención de salud integral previa y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo, que provea un espacio de escucha y contención integral;

c) Acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y confiable sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión de los métodos anticonceptivos previstos en el Programa Médico Obligatorio y en la Ley 25.673 o la normativa que en el futuro la reemplace.

Menores de edad

Teniendo en cuenta los recientes casos de Tucumán y Jujuy, donde el sistema de Salud forzó a niñas de 11 y 12 años a prolongar la gestación para someterlas luego a una cesárea de criaturas que posteriormente fallecieron por su poco desarrollo vital, la Campaña se explayó sobre este punto en el nuevo proyecto.

Si se tratara de una persona menor de 13 años, se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal, o ser asistida por alguna persona según la ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona adolescente de entre 13 y 16 años de edad se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento. No obstante, al igual que el proyecto anterior, si se encuentra en riesgo la salud de esa persona, en ese caso sí deberá debe prestar su consentimiento con la asistencia de al menos uno de sus progenitores.

Por otra parte, la persona mayor de 16 años tiene plena capacidad para ejercer los derechos que otorga la presente ley.

Modificaciones en el Código Penal

También teniendo en cuenta los casos de Tucumán y Jujuy, la Campaña indica que “será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena la autoridad de un establecimiento de salud, profesional o personal de la salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados“.

Asimismo, no se considerará delito “el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional”, a diferencia de la legislación anterior que penalizaba a las mujeres que se realizaran un aborto.

El texto también detalla que “fuera del plazo establecido en el párrafo anterior no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer o persona gestante”:

a) Si el embarazo fuera producto de una violación. Se debe garantizar la práctica con el solo requerimiento y la declaración jurada de la mujer o persona gestante ante el/la profesional o personal de salud interviniente;
b) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la mujer o persona gestante.

El año electoral pone en duda el tratamiento del proyecto

La Campaña fue contundente: “en el marco de las elecciones a realizarse este 2019 se exige a los y las candidatas expedirse respecto de la legislación del aborto voluntario”.

En pleno año electoral, el debate sobre aborto legal o aborto clandestino no solo en los frentes electorales, sino en el interior de cada uno de ellos, podría generar disputas y conflictos no convenientes cuando se juega la decisión ciudadana. Por eso, existen sospechas de si será presentado o cajoneado como, lamentablemente, la Campaña y las organizaciones feministas están acostumbradas hace 14 años, cuando comenzó la iniciativa por la Interrupción Legal del Embarazo. Sin embargo, para saber quién lo presentará y su destino final, habrá que esperar a abril, cuando será oficialmente entregado al reciento. Para ese día, además, se convocaría una movilización al Congreso de pañuelos verdes. El texto del nuevo proyecto se puede leer completo aquí. 

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