La Justicia avaló la tasa Netflix

La Justicia avaló la tasa Netflix

La justicia porteña rechazó una acción que pedía que se declare inconstitucional al régimen de retención a la contratación de servicios de suscripción online. Cuánto recibirá el fisco porteño.


El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad rechazó por unanimidad una acción que pedía que se declare inconstitucional la resolución de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) que estableció un régimen de retención en el Impuesto Sobre Ingresos Brutos (ISIB) a la contratación de servicios de suscripción online para acceder a contenidos que se transmiten por internet a TV y dispositivos móviles.

Se trata del denominado impuesto Netflix, que se promovió en septiembre y que entra en vigencia en febrero de 2015.

Los jueces Ana María Conde, Inés Weinberg, Alicia Ruiz, José Casás y Luis Lozano coincidieron en sostener que, tal como había sido formulada, la denuncia radicada por legisladores porteños de Unen carecía de la fundamentación mínima que requiere una acción de la naturaleza.

De esta manera, rechazaron la acción que pedía que se declare inconstitucional al régimen de retención a la contratación de servicios de suscripción online. El fisco porteño recibirá un estimado de $2 por cada abono

El régimen se aplica con “respecto de la contratación de servicios de suscripción online para acceder a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual (como películas y series) que se transmiten desde internet a televisores, computadoras y otros dispositivos conectados así como también por la suscripción para comprar o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos, o similares”.

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