Por pedido de Evolución, amplían prestaciones en los CeSAC

Por pedido de Evolución, amplían prestaciones en los CeSAC

Amplíen sus prestaciones, incluyendo la atención de la consulta espontánea en las especialidades básicas que se correspondan con el Primer Nivel de Atención, 


La Legislatura porteña en la última sesión ordinaria de este año, convirtió en ley el proyecto impulsado por la diputada porteña Patricia Vischi (Evolución), para que los Centros de Salud y Acción Comunitaria (CeSAC), amplíen sus prestaciones, incluyendo la atención de la consulta espontánea en las especialidades básicas que se correspondan con el Primer Nivel de Atención,  incluyendo el diagnóstico precoz y el tratamiento de todas aquellas afecciones que puedan ser atendidas en forma ambulatoria sin requerir internación o procedimientos  de mediana o alta complejidad.

Los CeSAC fueron creados por la ordenanza 39764 con el fin de descentralizar los hospitales públicos; desde su creación, los profesionales que cumplían funciones en ellos, debían salir a la comunidad, realizar  trabajo de campo, llegando a los sectores más vulnerables, acercando las acciones preventivas a las poblaciones de alto riesgo. Esto se ha cumplido en forma parcial, dependiendo del CeSAC y del responsable del mismo. Al tener un programa de atención cuyo funcionamiento es con derivaciones y en muchos casos sin tratamientos, es que muchas consultas los vecinos prefieren realizarlas en los hospitales que brindan la atención integral.

“Esta Ley cambiará el perfil de los CeSAC, al  dar respuesta a la demanda espontanea,  propone que se adecuen a las realidades vigentes en distintos países y modernizar los sistemas de atención para mejorar la salud de los habitantes de las jurisdicciones de capital y provincia, incorporando los CAPS de la Pcia., unificando la historia clínica electrónica y mecanismos de referencia y contareferencia entre 40 municipios del Conurbano y la CABA, constituyendo la red AMBA del Primer Nivel de Atención”, afirmó Vischi.

“La Legislatura, debe garantizar el manejo eficiente de los recursos en la realización de  acciones y  actividades que en materia de atención, promoción y prevención, deben realizar los distintos efectores del Ministerio de Salud de la CABA  de modo que se cumplan con excelencia y calidad las metas prestacionales”, agregó la autora de la Ley.

Además la Ley especifica que cada CeSAC elabore un registro de la población consultante y sean asignadas en forma proporcional a los profesionales de la salud designados en cada sede.

 

 

 

 

 

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