Ordenan a la Ciudad un plan de preservación para la Barraca Peña

Ordenan a la Ciudad un plan de preservación para la Barraca Peña

La justicia ordenó al Gobierno de la Ciudad que adopte medidas para la preservación del complejo.


El titular del Juzgado n.° 3 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Pablo Mántaras, hizo lugar a la acción de amparo y ordenó al Gobierno de la Ciudad que “adopte medidas conducentes para la preservación del complejo denominado Barraca Peña. A tal fin, deberá presentar, dentro del término perentorio e improrrogable de 60 días, un proyecto integral de conservación y restauración”.

El magistrado en su considerando, advirtió que “en efecto, el Conjunto Barraca Peña se encuentra enunciado en el Catálogo de Inmuebles Protegidos (…), con nivel de protección estructural. De acuerdo con el (…) mismo Código, se encuentran afectados a este nivel de protección especial edilicia ‘aquellos edificios de carácter singular y tipológico, que por su valor histórico – cultural, arquitectónico, urbanístico o simbólico caracterizan su entorno o califican un espacio urbano o son testimonio de la memoria de la comunidad'”. Asimismo, recordó que en el Código Urbanístico (CU) se designa al Conjunto Barraca Peña como Área de Protección Histórica (APH 54), y se especifica que “no se admitirán nuevas construcciones”.

Subrayó además que “pese a la alta significación histórica y cultural (…), y la obligación de protección (…), las constancias reunidas son elocuentes en demostrar el estado de abandono en que se hallaba dicho complejo al momento del inicio de la presente acción de amparo». Añadió que en el informe confeccionado por la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico del GCBA, se describió «claramente el estado ruinoso de sus edificaciones”.

Y agregó que “se suma la falta total de cuidado en la conservación del material arqueológico”. En consecuencia, quedó demostrado que “las obras realizadas durante la tramitación del presente amparo se limitaron a uno solo de los edificios que integran el complejo Barraca Peña: la Barraca Lanera”.

Para el titular del Juzgado n.° 3, teniendo en cuenta que “no se llevarán a cabo las obras proyectadas en el marco del convenio celebrado por ACUMAR, y dadas las falencias de las obras ya realizadas, resulta claro que se encuentra claramente incumplida la obligación de protección del complejo Barraca Peña”.

El amparista que se presentó con el patrocinio del Ministerio Público de la Defensa, interpuso la acción de amparo contra el GCBA, con el objeto de que “se le ordenara que cesara en su omisión en el control de la preservación, salvaguarda y protección del conjunto de los bienes muebles e inmuebles que componen la ‘Barraca Peña’, sito en la calle Vespucio 499 –incorporado al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad con nivel de protección estructural a través de la Ley 3551– y procediera a su restauración, reconstrucción y protección, en un plazo no mayor a 180 días”.

Y solicitó que “se adoptaran las siguientes medidas: a) reparación de muros portantes en los edificios que identificó como 1 (ex Almacén y Pulpería), 3 (un sector de la Barraca Lanera) y 4 (ex Mercado de Frutos); b) reparación de la estructura de azoteas y entrepisos en los edificios 1 y 3; c) reposición y restauración de cerramientos originales; d) ejecución de los solados interiores; e) ejecución de las terminaciones exteriores e interiores; y f) conservación de la coherencia tipológica y constructiva”.

Al respecto, destacó que “se trataba del complejo edilicio portuario más antiguo que se conservaba en el barrio de La Boca, y que allí se encontraban ruinas arqueológicas que eran testimonio de la historia del Riachuelo«. Especificó que «las construcciones más antiguas que hoy se conservaban databan de alrededor de 1860«. Respecto del predio, señaló que «en 2007 se habían llevado a cabo trabajos de remodelación y reciclado de la Estación Ferroviaria Barraca Peña, que habían estado a cargo (…) del GCBA”.

Sin embargo, indicó que “luego del cambio de gestión en el Poder Ejecutivo de la Ciudad producido a partir de diciembre de 2007, (…) el proyecto de reciclado y puesta en valor (…) había sido desactivado”. Agregó que “en abril de 2010 había sido trasladado a ese complejo un barco español del siglo XVIII que estaba enterrado en Puerto Madero”. A su vez, remarcó que «la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico había informado que el área de la Barraca Peña era una zona de Protección Arqueológica”.

Todo ello en el marco de la causa «Peña, Milcíades Floreal Arturo contra GCBA y otros sobre Amparo» Expte. 70340/2013-0.

La información fue dada a conocer por iJudicial.

 

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