Moratoria impositiva en la Ciudad: ¿a quiénes alcanza?

Moratoria impositiva en la Ciudad: ¿a quiénes alcanza?

Habrá exenciones de impuestos y planes de regularización de deudas en cuotas, con quita de sanciones e intereses punitorios y levantamiento de embargos.


Noticias Urbanas adelantó el miércoles que el bloque oficialista de Vamos Juntos tenía los votos necesarios para que en la sesión del jueves el tema fuera aprobado. Y así fue. Los legisladores de la Ciudad dieron este jueves su aval al plan de beneficios fiscales elaborado por el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta para “atender la situación de los contribuyentes que han tenido inconvenientes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”, en especial las pymes y micro emprendedores.

Este régimen de excepcionalidad propicia una “condonación de ciertos tributos de escasa significación (para el Estado local) pero difíciles de enfrentar para los contribuyentes en el contexto actual”, como reconocen los considerandos del despacho enviado al recinto por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

La ley sancionada establece un Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, con importantes beneficios para pequeños y medianos contribuyentes (PyMEs o personas humanas), “a fin de salvaguardar su capital de trabajo y coadyuvar a su reactivación económica”, se fundamentó desde el oficialismo.

Paula Villalba (VJ), presidenta de la Comisión de Presupuesto, aclaró en el recinto que según la normativa de la Ciudad, se considera pymes a las empresas que tributan por impuestos locales hasta un millónde pesos anuales.

Podrán acogerse a este plan de facilidades los contribuyentes y responsables de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), por las obligaciones vencidas al 31 de julio de 2019. El plazo de  acogimiento no podrá exceder el día 31 de diciembre de 2019.

Habrá condonación de intereses y sanciones, plazos de pagos de hasta 120 cuotas para pymes y personas humanas (según tipo de deuda o rubro de actividad); vencimiento de la primera cuota a los 90 días y levantamiento de embargos para quienes regularicen su situación.

También se permite la posibilidad de refinanciar planes caducos, así como incluir retenciones y percepciones y culminar con  las acciones penales iniciadas, entre otros beneficios. Sobre este punto, los bloques Peronista, Unidad Ciudadana, Gen y Mejor Ciudad se opusieron por considerar impropio e injusto que se le otorguen beneficios a patronales que retuvieron indebidamente y no depositaron montos que son descontados del salario de los trabajadores.

Al respecto, explicó Villalba que el 97% de las Pymes de la Ciudad cumplieron en tiempo y forma con el depósito de aportes patronales y retenciones a los empleados y el 3% restante se supone que incumplió por problemas financieros o económicos derivado de la crisis coyuntural. Aclaró la diputada oficialista que a estos contribuyentes no se les condonarán los intereses punitorios, como ocurrirá con el resto de los beneficiarios.

Quedarán exentos gravámenes que inciden sobre el abasto, volquetes, mesas y sillas; plataformas gastronómicas; calesitas y los gravámenes sobre quioscos de venta de flores , toldos y parasoles. También se prorroga la eximición del Impuesto de Sellos a la compraventa de ciertos automóviles O Km o sin uso, hasta el día 31 de diciembre de 2019.

Los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse al presente régimen en forma total o parcial y en esa medida operarán los beneficios consagrados en la misma. Si la deuda se encuentra en gestión judicial, el acogimiento deberá ser por el total de la deuda reclamada en cada juicio.

Quedan excluidos del beneficio de la presente ley:

“Los declarados en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto la continuidad de la explotación, conforme a lo establecido en las leyes nacionales 24.522 y 25.284;

“Los condenados por alguno de los delitos previstos en las leyes nacionales 23.771 y 24.769 y/o en el Régimen Penal Tributario, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme o exista acuerdo de avenimiento homologado en los términos del Artículo 266 del Código Procesal Penal de la Ciudad;

“Los condenados por delitos comunes contra la Administración Central y/u Organismos Descentralizados y/o Entidades Autárquicas”.

Lo normado hoy aclara que “la adhesión al presente plan de regularización importa la suspensión de los plazos procesales en las causas judiciales iniciadas. En el caso de que se produzca la caducidad o nulidad del mismo se reanudarán los plazos procesales, tomándose lo pagado a cuenta de la liquidación final”.

También prescribe que “el acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales en curso y la suspensión de la prescripción penal (…), siempre y cuando la misma no tuviere sentencia firme y/o acuerdo de avenimiento homologado”.

La cancelación total de la deuda en las condiciones previstas en el presente régimen de contado o mediante plan de facilidades de pago producirá la extinción de la acción penal.

El debate se abrió con la argumentación del miembro informante de la mayoría, Paula Villalba, quien volvió a hacer uso de la palabra sobre el final para responder críticas e inquietudes de los diputados. María Rosa Muiños (BP) y Sergio Abrevaya (Gen) habían presentado un proyecto sobre el m ismo tema el año pasado y protestaron porque el oficialismo no toma en cuenta las iniciativas que no sean oficiales. En términos similares expuso Marcelo Depierro (MC), quien planteó que “primero deberíamos ayudar a los que cumplen puntualmente sus compromisos tributarios”.

Muiños se quejó también de que el Ejecutivo no hizo ponderaciones de montos o guarismos sobre la incidencia de estas medidas, de manera que luego presentó un proyecto de resolución para ser tratado sobre tablas, con pedido de informes a la Jefatura de Gobierno, reclamando especificaciones y números de recaudaciones tributarias. El bloque oficialista dio su apoyo para habilitar el tratamiento (que requería dos tercios) y la resolución feru aprobada a mano alzada.

Mariano Recalde (UC), jefe de la principal bancada opositora, manifestó que lo que estaba en tratamiento era “no un paquete de alivio fiscal, sino de alivio electoral”, consideró que “se trata de medidas de marketiong, no de sensibilidad del gobierno de la Ciudad, que al igual que el nacional, no toma nota de la grave crisis por las políticas del macrismo”. Desde los bloques de izqierda, Gabriel Solao, Laura Marrone (FIT) y Fernando Vilardo (AyL), acentuaron el discurso de confrontación contra las políticas de gobierno.

Antes de pasar a votación, el presidenmte del bloque Vamos Juntos, Agustín Forchieri, dijo que “en estos momentos, la gente espera de los dirigentes la mayor prudencia y moderación. No hay que decir cosas que generen confusión, sino transmitir tranquilidad”. Pidio a los candidatos electorales “no tirar leña al fuego” y “actuar con la ética de la responsabilidad, no sólo con la ética de sus convicciones”.

“Debemos ser cuidadosos con los recursos que son de los vecinos de la Ciudad; nosotros somos meros administradores”, concluyó.

La ley se sancionó, en general, con 45 votos positivos de VJ, Ev, BP, Gen y MC, 2 negativos de FIT y 6 abstenciones de UC y AyL.

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