La Justicia supendió la explotación económica del microestadio de Atlanta

La Justicia supendió la explotación económica del microestadio de Atlanta

La Legislatura había aprobado en 2017 que el Gobierno de la Ciudad le cediera por cuarenta años al club Atlanta más de 28 mil m2 de tierras públicas.


Este jueves, , el juez Aurelio Luis Ammirato ordenó hacer lugar a la medida cautelar y, en consecuencia, suspender la explotación económica del Microestadio Buenos Aires Arena, así como cualquier actividad cultural, deportiva y social a llevarse a cabo en dicho predio, y establecer la interdicción absoluta de su inauguración hasta tanto se realice el procedimiento técnico administrativo completo de evaluación de impacto ambiental, en los términos de los artículos 8 y 26 ley 123.

Esta sentencia judicial se dictó en la causa caratulada “FUNDACIÓN CIUDAD C/ GCBA S/ AMPARO – AMBIENTAL”, que fue presentada por la Fundación Ciudad con el apoyo del espacio ciudadano “Vecinos autoconvocados de Villa Crespo contra el Megaestadio Arena”, con el patrocinio de Jonatan Baldiviezo.

En su fallo el juez resaltó: “La proyectado podría ser encuadrado en la presunción de Relevante Efecto Ambiental, en tanto es razonable presumir su incidencia potencial sobre la capacidad de la infraestructura vial y de servicios. La empresa Metrogas ha considerado que la provisión del servicio de gas es ‘No Factible’ por no ‘abastece[r] el caudal solicitado’, aun cuando en el requerimiento de suministro se declaró un uso residencial del servicio, que no reflejaría en principio el uso de los locales gastronómicos que estarían proyectados”.

Además, señaló: “La distribuidora EDESUR otorgó solamente una mera factibilidad de provisión, pero la empresa no ha acreditado en las actuaciones tramitadas ante la Agencia de Protección Ambiental haber efectuado la ‘confirmación formal del requerimiento’ junto con la presentación de la documentación requerida por la distribuidora para ‘poder precisar el proyecto eléctrico que permita desarrollar la Red de Servicio Público de alimentación externa del emprendimiento’. En consecuencia, no se encontraría garantizada la provisión del suministro de energía eléctrica, aspecto de particular relevancia en un barrio (Villa Crespo) que —según es de conocimiento público— en más de una ocasión y de manera reciente ha sufrido cortes del servicio”.

Y también agregó: “La Agencia de Protección Ambiental habría omitido ponderar la modificación sustancial del destino del predio y del proyecto, cuya calificación, por tanto, en principio no correspondería a ‘Club social, cultural y deportivo (instalaciones cubiertas)'”.

En septiembre de 2017, la Legislatura de la Ciudad aprobó, por amplia mayoría -cuarenta y seis legisladores de un total de cincuenta y siete- (Pro, Frente para la Victoria, Bloque Peronista, Confianza Pública, Bien Común, Corriente Nacional de la Militancia, Frente Renovador, Sindical Peronista, y Frente Socialista Auténtico) la ley N° 5.874, por la cual, el Gobierno de la Ciudad le cedió por cuarenta años al club Atlanta, de Villa Crespo, más de 28 mil m2 de tierras públicas ubicadas en la calle Humboldt 486, entre Padilla y Camargo, a metros de la avenida Corrientes.

A la vez, se autorizó al club a construir un Estadio Cubierto y contratar con un tercero su construcción y explotación. Atlanta acordó con el diario La Nación y AEG Worldwide la construcción de un Estadio de treinta metros de altura y capacidad para 16 mil personas -el doble del Luna Park-, donde planean hacer más de cien eventos por año, sobre todo musicales, casi tres eventos por semana. La misma ley aprobó que el predio estuviera exento del pago del impuesto inmobiliario y de la tasa de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros por cuarenta años.

 

 

 

 

 

 

 

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