La Ciudad recaudará $200 M por el grabado de autopartes

La Ciudad recaudará $200 M por el grabado de autopartes

Se trata de un impuesto creado por la ley 3.708, junto con el Registro de Verificación Automotor. El mismo tiene un valor de $520, que alcanza a los 388.402 autos patentados entre 2012 y 2014.


El 13 de diciembre de 2010, la Legislatura porteña sancionó la ley 3.708 que determinó la creación del Registro de Verificación Automotor. Un organismo de control dependiente del ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad en el que los comerciantes dedicados a la compra-venta de autopartes y equipos de audio, nuevos o usados, deben estar inscriptos. La medida apunta a prevenir el delito en ese ámbito. Donde existe un mercado negro que mueve grandes cantidades de dinero y pone en riesgo miles de vidas.

En su articulo 2º, la norma establece la obligatoriedad de que los autos patentados en Buenos Aires cuenten con el grabado del numero de dominio-tres letras y tres números- en seis partes de la carrocería del vehículo: puertas (lateral externo), capot (parte interior y superior), y baúl (parte interior y superior). En caso de tratarse de un vehículo de dos puertas, el mismo se realizará en los parantes a media altura del mismo, cumplimentando las seis partes.

Sin embargo, esta regla ha generado que miles de automovilistas que hayan comprado su vehículo entre los años 2012 y 2014 deban abonar, por única vez, la suma de $520, por los gastos que conlleva el grabado. Generando ingresos equivalentes para el gobierno porteño por $201.969.040, que se cobrarán en su totalidad en febrero de 2016. Cuando venza el plazo establecido por la ley para que quienes hayan quedado fuera de este sistema regularicen su situación.

Existe la salvedad de que, en caso de que la concesionaria hubiese entregado el vehículo en las condiciones exactas que indica la ley, el titular pueda presentar una copia del formulario G-02, que es suministrado por la concesionaria vendedora del vehículo junto con los papeles de titularidad y dominio, ante el Registro de Verificación y quede exento de emitir el pago correspondiente al cumplimiento de la ley 3.708.

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