La AFIP decidió suspender el inicio de los juicios por deudas impositivas

La AFIP decidió suspender el inicio de los juicios por deudas impositivas

La Administración Federal de Ingresos Público suspende hasta el 30 de junio la iniciación de juicios. Los detalles.


El alargamiento de la cuarentena llevó a que desde el Estado nacional se toman diversas medidas para paliar la situación económica de distintos sectores de la sociedad. En ese marco y teniendo en cuanta la crisis actual, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el día 30 de junio la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo, en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.

La AFIP además señaló que “viene adoptando una serie de medidas con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a su cargo”.

A través de la resolución general 4730/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la AFIP precisó que esta suspensión “no obsta al ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del fisco para determinar y exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de AFIP”.

La AFIP resaltó que la suspensión de las ejecuciones fiscales apunta a “morigerar los efectos” de la pandemia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

Y destacó que el aislamiento determinado a partir de la pandemia de coronavirus “ha repercutido no sólo en la vida social de los habitantes de este país, sino también en la economía”.

La normativa indicó que “se habilitó el levantamiento de la feria judicial extraordinaria, respecto de ciertos tribunales federales con sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del aislamiento”, y consideró que “deviene necesario tomar medidas con relación a la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias”.

 

 

 

 

 

 

En este contexto sostuvo que “se estima razonable contemplar la excepcional situación descripta y proceder a suspender la iniciación de juicios de ejecución fiscal”.

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