El STJ rionegrino habilitó a Weretilnek para ir por su tercer mandato

El STJ rionegrino habilitó a Weretilnek para ir por su tercer mandato

La máxima instancia judicial rionegrina interpretó que la Constitución provincial permite al mandatario a postularse por tercera vez.

Weretilnek: El que ríe último ríe mejor.

Como era previsible, el Tribunal Superior de Justicia de Río Negro falló a favor del derecho de Alberto Weretilnek para postularse a su tercer mandato como gobernador.

Antes, había habido dos fallos encontrados. En el primero que se dio a conocer, el Tribunal Electoral había dictaminado que el actual mandatario no tenía derecho a intentar su segunda reelección, que en realidad era la tercera, ya que en 2011, al ser elegido como vicegobernador de Carlos Soria había sucedido a éste, al ser asesinado por su esposa a los pocos días de asumir.

El TSJ, en un fallo a medida, interpretó en esta ocasión el Artículo 175 de la Constitución provincial, que establece que “el gobernador y el vicegobernador pueden ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período y por una sola vez. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos sino con un período de intervalo”, por lo que no existe ningún impedimento para que el actual gobernador vaya por su tercer mandato consecutivo.

Para ello, el STJ alegó que “el artículo referido contempla dos supuestos diferentes” con respecto a las expresiones “reelectos” y “sucederse recíprocamente”. Ante esta situación interpretaron que “en el primer supuesto se trata del caso en el que cada candidato continúa en el cargo por un nuevo período inmediato (cuando el Gobernador es reelecto como Gobernador y el Vicegobernador como Vicegobernador)”.

La polémica va a surgir desde su alegato acerca del segundo supuesto, ya que éste -tradujeron- “implica que esa continuidad no es lineal, sino que se da una sustitución entre las figuras del Gobernador y Vicegobernador, pero en forma recíproca”, manifestaron los supremos, para deducir que “debe entenderse que no hay sucesión recíproca entre el Gobernador y Vicegobernador si no son las mismas personas las que hacen entrecruzamiento de esos cargos” (???????).

Ante el inverosímil planteo de tal reciprocidad, que implica permutarse los cargos entre mandatarios, ¿qué queda para la ficción, si la realidad se vuelve tan volátil? En realidad, la sucesión recíproca implica que el primer mandatario sea sucedido por su segundo y no existe otra posibilidad. ¿Cuándo se conoció un caso de que un gobernador se haya convertido en vicegobernador, mientras que su segundo accedía al cargo máximo? Sí existen múltiples ocasiones en las que el vice haya ascendido a la primera magistratura por alguna circunstancia, que haya demandado la renuncia o que haya provocado la ausencia definitiva del mandatario original.

En este punto, los argumentos del STJ se volvieron literarios, antes que jurídicos. Para los jueces, entonces, “surgen tres supuestos distintos: 1) que el Gobernador sea reelecto como tal por un nuevo período; 2) que el Vicegobernador sea reelecto como tal por un nuevo período y 3) que haya una inversión de los cargos entre las mismas personas de forma tal que “recíprocamente” el Gobernador ocupe el lugar del Vicegobernador y éste el de aquél”.

De esta manera, desmintieron el escenario planteado por el Tribunal Electoral, que “crea un cuarto supuesto”, que limitaría la reelección de Wereltinek, que fue dos veces gobernador, una como reemplazo de Soria y la segunda por sí mismo. “Esta última hipótesis no está contemplada de modo expreso ni implícito en el texto del artículo 175 de la Constitución Provincial”, desmintieron, para abrir la posibilidad de la reelección al exintendente de Cipolletti.

De todos modos, éstas son las circunstancias que se producen cuando la política se resuelve a través de la justicia, un estigma que queda de estos tiempos en los que los que odian la política protagonizan la política.

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