La Ciudad le cobrará Ingresos Brutos a artistas extranjeros

La Ciudad le cobrará Ingresos Brutos a artistas extranjeros

Será de un orden del tres por ciento y comenzará a regir a partir del 1 de octubre. El reglamento lo establece la AGIP y rige para el ámbito porteño.


Este miércoles entrará en vigencia el nuevo régimen de retención de Ingresos Brutos establecido por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) del Gobierno porteño, que alcanza las manifestaciones artísticas y culturares de personas no residentes, pese a que hubo rumores de suspensión que no se tradujeron en norma alguna.

Será con una retención del orden del tres por ciento, los ingresos provenientes del desarrollo de actividades culturales y/o artísticas realizadas porpersonasfísicas y/o jurídicas, o por quienes exploten sus derechos comerciales, con domicilio legal en el exterior; o por personas físicas que no tengan residencia en el país o que no registren una residencia de por lo menos cinco años.

El Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, en su articulo 177, inciso 16) considera como gravadas con el impuesto a los recursos obtenidos por el desempeño de actividades culturales y/o artísticas de las personas /¡sicas que no tengan residencia en el país o que no registren una residencia de por lo menos cinco años, la AGIP estableció un régimen retentiva del gravamen, a través del dictado de la Resolución 594/14, publica Ámbito Financiero.

La retención se practicará en el momento del pago (entrega de dinero, cheque, pagarés y/o cualquier otro medio de cancelación, asi como también a la acreditación en cuenta y la reinversión o disposición de los fondos en cualquier forma).

Y deberán actuar como agentes de retención las empresas, compañías, productores o cualquier otra persona física o jurídica o fiscal, que contrate los servicios de las personas indicadas.

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