La Justicia porteña rechazó la denuncia de Urbasur a Larreta

La Justicia porteña rechazó la denuncia de Urbasur a Larreta

La empresa que presta servicios de barrido manual y recolección domiciliaria de residuos en el sur, reclamaba el pago de resarcimiento por parte del Gobierno porteño por exceso de personal.


El juez Víctor Trionfetti, titular del juzgado N° 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió el pasado 19 de abril rechazar la demanda interpuesta por la Unión Transitoria de Empresas denominada “Urbasur”, contra el Gobierno porteño, en reclamo de los daños y perjuicios supuestamente sufridos por la transferencia excesiva de trabajadores para la prestación del servicio público de higiene, en el marco del contrato de concesión para el barrido y recolección domiciliaria de residuos en los barrios Soldati, Pompeya, Parque Patricios, Parque Chacabuco, Caballito, Almagro, Boedo y San Cristóbal.

En la demanda caratulada “Transportes Olivos SACIYF y otros contra GCBA sobre daños y perjuicios”, se reclamaba el resarcimiento por parte de la administración comunal, por los costos salariales generados a la concesionaria del servicio de higiene en la Zona 3, durante el período febrero 2005 a septiembre 2006, debido a que “las anteriores empresas prestatarias traspasaron a URBASUR una excesiva cantidad de trabajadores dependientes”.

El magistrado dio por acreditado que “la contratista ofreció prestar el servicio con un total de 594 trabajadores”, que los trabajadores transferidos por las anteriores empresas prestadoras sumaban un total de 645 empleados, y que de los 51 trabajadores excedentes, en el “proceso de redistribución URBASUR, según informa el perito, aceptó quedarse con 41 trabajadores”.

“Las partes ofrecen interpretaciones divergentes sobre el plexo de derechos y obligaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, respecto de la absorción del personal”, expresó el magistrado.

Asimismo, el juez valoró que “el Ministerio de Medio Ambiente desplegó facultades ordenatorias y coadyuvó proactivamente a que las empresas involucradas sometieran a su consideración un eventual acuerdo respecto de la controversia sobre el personal que debía transferirse”, y reconoció que “el resultado de los acuerdos entre las empresas involucradas tuvo márgenes de pérdidas para las partes negociantes”.

“La pretensión deducida en este proceso es un indebido intento de URBASUR de recuperar de las arcas públicas lo que perdió en los avatares de la negociación con las demás empresas. No es el GCBA ni fiador ni garante del resultado de esa negociación, lo que bien o mal se negoció con las demás empresas involucradas no puede ser ahora un asunto a reclamar al Estado local”, afirmó el juez en una nota publicada por el portal IJudicial.

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